Servicios

Accidente de trabajo
¿Has tenido un accidente de trabajo?
Descripción del servicio
Asesoramiento integral para que los trabajadores que han sufrido un Accidente de trabajo ente de trabajo puedan reclamar la indemnización que les corresponde, si ha existido responsabilidad por falta de medidas de seguridad laboral.
Atención a las víctimas que han sufrido un accidente de trabajo para poder reclamar las indemnizaciones que les correspondan por sus lesiones, frente a las personas o empresas responsables del accidente y sus aseguradoras.
Primera visita gratuita para valorar con la víctima las circunstancias de su caso concreto y los derechos que le asisten en los diferentes procesos que derivan de un accidente de trabajo.
Asesoramiento al trabajador:
No dude en consultarnos sobre su situación; sin coste alguno ni compromiso para usted,
Valoraremos la posibilidad de iniciar un expediente de invalidez, y le aconsejaremos al respecto, presupuestándole el coste de nuestra intervención.
«Accidente “in itinere”
Son los que ocurren al ir al trabajo o al volver de éste, sin limitación horaria (pueden ocurrir fuera de tu horario laboral normal), siempre y cuando se cumpla la condición de que el trayecto sea motivado por la necesidad de acudir o volver de la actividad profesional.
Accidentes al ejercer funciones sindicales
También se considera ‘accidente de trabajo’ los que ocurran debido al desempeño de actividades sindicales (el trabajador ocupa un cargo sindical). Así como el trayecto de ida y vuelta al lugar donde se realicen dichas actividades.
Realización de tareas fuera de categoría
Accidentes producidos mientras se desempeñan tareas que no están contempladas en la actividad y categoría profesional normal del trabajador/a y siempre y cuando haya sido por pura voluntad y orden del empresario por motivos de producción.
Actos de salvamento
Aquellos accidentes que tengan lugar en el transcurso de actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo, tendrán la consideración de accidentes laborales.
Enfermedades Profesionales
Son aquellas contraídas por el trabajador como consecuencia de realizar su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo y esté incluida en la lista de enfermedades profesionales.
Enfermedades anteriores agravadas
Se entienden aquellas enfermedades, padecimientos o defectos que ya estuvieran presentes con anterioridad y que experimientan un agravamiento, cuando este sea consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
Enfermedades intercurrentes
Las consecuencias del accidente modificadas en naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del accidente o del medio en que se haya situado al paciente para su curación.
Imprudencias no temerarias del trabajador/a
Se define así a aquellos accidentes laborales que derivan únicamente de las circunstancias del ejercicio natural de un trabajo o profesión, favorecidos por la confianza que la experiencia y la rutina laboral inspiran en el trabajador o trabajadora.
Colaboro con despachos como BPH ABOGADOS LANZAROTE y INDEMNIZAUTO

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